miércoles, abril 24, 2024
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¿Queres trabajar en INTI?

El Instituto Nacional de Tecnología Industrial llama a concurso para la cobertura de 156 cargos vacantes y financiados de la planta permanente, conjuntamente con la ex-Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-08105462- -APN-GORRHH#INTI, las Leyes Nros. 25.164, 25.467 y 27.701, los Decretos Nros. 214, de fecha 27 de febrero de 2006, 109, de fecha 18 de diciembre de 2007, las Decisiones Administrativas Nros. 970 de fecha 14 de octubre de 2021 y sus modificatorias y 4, de fecha 9 de enero de 2023, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988, respectivamente, de fecha 30 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 4/23 se determinaron, de acuerdo con el detalle de las Planillas Anexas I (IF-2023-02617322-APN-SH#MEC) y II (IF-2023-02616886-APN-SH#MEC), los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, incluyendo las plantas de personal en el marco de la Planilla Anexa al artículo 6º de la mencionada ley.

Que por el artículo 6° de la Ley N° 27.701 se estableció que no se podrán aprobar incrementos en los cargos que excedan los totales fijados en las planillas anexas a dicho artículo, y se exceptuó de la limitación dispuesta a los cargos del SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, determinado por la Ley Nº 25.467 del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Que, asimismo, por el artículo 7° de la mencionada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de la entrada en vigencia de la ley, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros quedando exceptuados de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación, 25.467.

Que el artículo 8º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, así como su Decreto Reglamentario Nº 1421/02 y sus modificatorios, establecen que el ingreso al régimen de carrera deberá llevarse a cabo mediante procesos de selección que aseguren los principios de transparencia, publicidad y mérito con el objeto de determinar la idoneidad de los postulantes siendo el órgano rector en la materia la actual la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por intermedio de la Decisión Administrativa N° 970/21 y su modificatoria, en su artículo 1° se aprobó el “Plan Integral para el Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Organismos que integran al Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología pertenecientes a la Administración Pública Nacional” conformado por un conjunto de medidas y acciones destinadas a fortalecer las condiciones de empleo público en el sector de ciencia y tecnología, cuya finalidad será la formulación de una política a mediano y largo plazo, en consonancia con las previsiones de aumento progresivo y sostenido del presupuesto nacional destinado a la función científica y técnica, atento su capacidad estratégica para el desarrollo social, cultural, económico, productivo y ambiental.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por el Decreto N° 109/07, en su artículo 31 establece que los procesos de selección se realizarán mediante los respectivos concursos de oposición y antecedentes, que permitan comprobar y valorar fehacientemente la idoneidad y las competencias laborales de los candidatos.

Que en el artículo 34 del referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial se prevé que los procesos de selección pueden ser por convocatoria General o Abierta, debiendo utilizarse esta última para cubrir vacantes de cada Tramo de cada nivel escalafonario, de las funciones directivas de Nivel 1, 2 y 3, y en los casos en los que se hayan declarado desiertos los procesos por convocatoria General.

Que la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, respectivamente, aprobó el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

Que resulta necesario efectuar el llamado a concurso de los cargos autorizados para su cobertura, conforme a lo establecido en los artículos 2°, 3° y 50 del Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), así como designar a los integrantes de los Órganos Selectores y aprobar los perfiles para cubrir las vacantes que contienen el número identificatorio en el Registro de Ofertas de Empleo.

Que, en el Anexo I del Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) mencionado, se establecieron los extremos para la designación de los integrantes de los Órganos Selectores, a los efectos de cumplir con las funciones asignadas en el referido Reglamento en los procesos en que sean nominados.

Que, los integrantes de los Órganos Selectores, tienen entre sus responsabilidades las de definir las bases de la Convocatoria, evaluar a los postulantes e impulsar los procesos de selección, a los fines de concluirlos dentro de los plazos previstos.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS ha evaluado satisfactoriamente la documentación requerida y verificado que se encuentran reunidos los requisitos relacionados con la aprobación de la designación de las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-17323507-APN-GORRHH#INTI) que forma parte de la presente Disposición, como integrantes de los Órganos Selectores.

Que, oportunamente fueron analizados los perfiles necesarios para la identificación de CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cargos vacantes de planta permanente del organismo, cuya cobertura se persigue, en el marco del Plan Integral para el Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Organismos que integran al Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICyT), pertenecientes a la Administración Pública Nacional, aprobado por la Decisión Administrativa N° 970/21.

Que se efectuó la consulta pertinente a las entidades sindicales a través de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), sobre los perfiles de los cargos referidos en el considerando anterior, en virtud de lo establecido en el artículo 50 de la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09.

Que por el Decreto Nº 426/22 se dispuso que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8º de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.

Que la cobertura de los referidos cargos que se propicia queda inmersa en las excepciones previstas en el inciso a) del artículo 2º del citado Decreto, por tratarse de designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecido por la Ley N° 25.467 y en el marco de la Decisión Administrativa Nº 970/21 y su modificatoria.

Que, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, se deberá cursar invitación a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN) y la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), en sus caracteres de signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por Decreto N° 109/2007, quienes podrán designar cada una, UN (1) veedor titular y UN (1) veedor suplente para los procesos de selección.

Que, asimismo, según lo previsto en el artículo 16 del mencionado Reglamento, el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD podrá asignar a UN (1) veedor titular y UN (1) veedor suplente y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL podrá asignar UN (1) veedor titular y UN (1) veedor suplente, para asegurar la veeduría prevista en el artículo 8º de la Ley Nº 22.431, sustituido según lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 25.689.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, mediante el IF-2023-11475828-APN-GORRHH#INTI obrante en el orden número 8, informó que se consideran cumplidos los recaudos de admisibilidad y procedencia para el dictado de la medida propiciada.

Que la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2023-11889823-APN-DA#INTI obrante en el orden número 15, señaló que no tiene objeciones que formular a la medida propiciada.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante la PV-2023-14808898-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 18, tomó conocimiento y prestó conformidad con la medida propiciada

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida, se dicta en virtud de las facultades conferidas por los incisos b) e i) del artículo 5º del Decreto Nº 923, del 11 de septiembre de 1997 y el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988, respectivamente, del 30 de diciembre de 2009.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Llámese a concurso mediante Convocatoria por el Sistema de Selección Abierta, conforme a los procedimientos establecidos por el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.

ARTICULO 2°.- Apruébese la designación de las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-17323507-APN-GORRHH#INTI), el cual forma parte de la presente Disposición, como integrantes de los Órganos Selectores para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988.

ARTICULO 3°.- Apruébense los perfiles de cada función o puesto de trabajo a cubrir que se detallan en el Anexo I (IF-2023-17323507-APN-GORRHH#INTI), el cual forma parte de la presente Disposición, los cuales contienen el número identificatorio en el Registro de Ofertas de Empleo.

ARTICULO 4°.- Invítese al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que asigne UN (1) veedor titular y UN (1) veedor suplente, a fin asegurar la veeduría prevista en al artículo 8° de la Ley N° 22.431 y su modificatoria.

ARTICULO 5°.- Invítese al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, para que designe, UN (1) veedor titular y UN (1) veedor suplente, para intervenir en el Proceso de Selección pertinente.

ARTICULO 6°.- Invítese a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN) y a la ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), para que cada entidad gremial, designe UN (1) veedor titular y UN (1) veedor suplente, a los efectos que correspondan.

ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sandra Marcela Mayol

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/02/2023 N° 9266/23 v. 23/02/2023

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/inti

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