En el marco del “Plan de Fortalecimiento de la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación en las Universidades Nacionales” (Ac. Pl. Nº 676/08 y 687/09), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN, que nuclea a las casas de estudio estatales) financiará Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas (EVC) para estudiantes universitarios de grado que deseen iniciar su formación en investigación, en el marco de Proyectos de Investigación acreditados que se desarrollen y cuenten con financiamiento, en el ámbito de las Instituciones Universitarias Públicas (IUP), en disciplinas científicas, humanísticas, tecnológicas o artísticas. Características de las Becas
- La carga horaria del becario será de doce (12) horas semanales y su dedicación incompatible con toda actividad rentada, con excepción de un cargo docente de ayudante alumno o equivalente, con dedicación simple en la misma IUP y los beneficios que perciba en carácter de ayuda económica o premio académico.
- Las becas tendrán una duración de doce (12) meses. Un alumno sólo podrá resultar beneficiado hasta con dos períodos.
- El alumno que termine su carrera durante el beneficio de una beca de grado, gozará del beneficio hasta la finalización del período otorgado.
- No podrán postularse estudiantes que estén inscriptos en carreras de posgrado
- No ser mayor de 28 años al 31 de diciembre de 2014
- Promedio de calificaciones incluido aplazos mínimo de 6 puntos.
- Haber aprobado el 50 % de la carrera al momento de cierre de la inscripción.
- Plan de trabajo incluido dentro de un proyecto de Investigación Acreditado.
- Llenar todos los formularios solicitados.
- Presentar las solicitudes en las Secretarías de Ciencia y Tecnología de su Unidad Académica dentro de los plazos de la convocatoria.
- El Director o Codirector deberá ser investigador de la Universidad donde reside el becario con una dedicación mínima de 20 hs. Uno de los dos deberá poseer titulo de Master, Doctor o Categoría III en el programa de incentivos. El otro deberá acreditar su participación en un proyecto acreditado. No se admitirá más de una presentación tanto para el director como para el codirector.
- No pueden desempeñarse en la funciones de director o codirector quienes tenga una relación de parentesco de hasta tercer grado.