En una resolución de fuerte impacto político y académico, la Justicia Federal declaró la inconstitucionalidad del decreto presidencial que mantenía suspendida la aplicación efectiva de la Ley de Financiamiento Universitario. La sentencia ordena al Poder Ejecutivo Nacional girar de manera inmediata los fondos presupuestarios correspondientes a las casas de altos estudios de todo el país.
El fallo de 50 páginas, dictado por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, resolvió la cuestión de fondo tras hacer lugar a los amparos colectivos impulsados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), la Universidad de Buenos Aires (UBA) y diversas asociaciones docentes. La medida anula los efectos del Decreto 759/2025, instrumento mediante el cual el Gobierno había promulgado la norma pero frenado su ejecución bajo el argumento de una supuesta falta de partidas específicas estipuladas por el Congreso.
Los fundamentos del fallo judicial El Ejecutivo había sustentado la postergación de los pagos amparándose en normativas previas sobre administración financiera, las cuales exigen detallar las fuentes de recursos ante cualquier erogación no contemplada en el presupuesto ordinario. No obstante, el magistrado descartó de plano esa interpretación y subrayó que la propia Ley N° 27.795 fija pautas claras de financiamiento en su artículo 9°.
Para el juez, la decisión oficial no supera un estándar mínimo de razonabilidad, dado que pretendía utilizar leyes anteriores para invalidar la voluntad expresa del Poder Legislativo, el cual ratificó la norma mediante mayorías agravadas tras un veto previo. En consecuencia, se determinó que la disposición del Ejecutivo carece de sustento jurídico para continuar postergando las partidas.
Cronograma del conflicto y reclamo por salarios y becas La disputa presupuestaria se remonta a la sanción de la ley por parte del Congreso en agosto de 2025. Luego de ser observada en su totalidad por el Ejecutivo, ambas cámaras legislativas ratificaron el texto original por dos tercios de los votos, completando el mecanismo constitucional de insistencia. Pese a ello, el Gobierno promulgó la iniciativa con un artículo suspensivo.
A finales de 2025, la Justicia ya había dispuesto una medida cautelar que exigía el cumplimiento inmediato de los artículos vinculados a la recomposición de los salarios docentes y la cobertura de becas estudiantiles, criterio que posteriormente fue respaldado por la Cámara de Apelaciones y la Corte Suprema. Tras sucesivas intimaciones desoídas a lo largo del último período, la resolución definitiva de fondo ratifica la plena vigencia de la ley y exige la acreditación urgente de los recursos adeudados.
Fuente: www.pagina12.com.ar


