viernes, marzo 29, 2024

Cumplir la ley

El gobierno nacional instó a los colegios de gestión privada a cumplir el DNU 241/21 según lo dispuso la Justicia Federal. Se trata de la norma que dispone la continuidad pedagógica virtualmente, mientras persista la peligrosidad del contagio por el coronavirus, suspendiendo las clases presenciales.

Los Ministerios de Educación y de Justicia y Derechos Humanos remitieron una carta a las cámaras que agrupan a los colegios de gestión privada a los fines de hacerles saber la plena vigencia del DNU Nº 241/2021. De este modo se buscó atender la legítima preocupación de las familias y los trabajadores del sector ante lo que señalan como incumplimientos de los establecimientos educativos de gestión privada, impulsado por parte de las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires.

La carta solicita que se garantice la continuidad de la educación no presencial o en contexto virtual hasta el 30 de abril de 2021, quedando suspendidas hasta esa fecha las clases presenciales. La vocación del Poder Ejecutivo Nacional es acompañar la tarea educativa en este difícil momento en el cual el crecimiento de la curva de contagios por Covid-19 se ha acentuado en forma preocupante, garantizando el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes y resguardando la salud de la comunidad educativa.
La resolución judicial dictada el 21 de abril de 2021, por el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo N° 2 en el expediente “Jefatura de Gabinete de Ministros s/ Inhibitoria” (causa nº 5150/2021), dispone dejar sin efecto la resolución cautelar dictada el 18 de abril de 2021. Dicha resolución fue dictada por un tribunal incompetente de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual rehabilitaba al dictado de clases presenciales en esta Ciudad.
El accionar de las autoridades del Gobierno de CABA es pasible de responsabilidad penal, ya que podría encuadrarse en los delitos de desobediencia y violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia (artículos 239 y 205 del Código Penal, respectivamente); además de las posibles sanciones por el incumplimiento de la medida judicial, lo que expresa la irresponsabilidad política y jurídica a la que han arrastrado a toda la ciudadanía.
La decisión de las autoridades políticas del Gobierno de la CABA de desobedecer el fallo de la Justicia Federal generó angustia e incertidumbre en la comunidad educativa.
En este sentido, las autoridades nacionales resaltaron la obligación de las instituciones de gestión privada de arbitrar los medios para que alumnas y alumnos reciban clases no presenciales y las y los trabajadores no sean forzados a exponer su salud en medio del crecimiento exponencial de casos. Por esto mismo, en la carta se solicitó que no se computen las inasistencias ni se adopten medidas compulsivas.
El Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) se reúne con el ministro de Educación, Nicolás Trotta, ante el pedido de audiencia a fin de regularizar la situación de los trabajadores afectados habiendo recibido denuncias por parte de sus afiliados.
Las asociaciones que nuclean a las escuelas de gestión privada a las que ha sido remitida la comunicación y que han sido convocadas a esa reunión, son: Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada de la República Argentina (COORDIEP); Junta Nacional de Enseñanza Privada (JUNEP); Confederación Argentina de Instituciones de Enseñanza Privada (CAIEP); y Consejo Superior de la Educación Católica (CONSUDEC).

Fuente: www.argentina.gob.ar educacion

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